CITARON A FISCALIA AL PERIODISTA GABRIEL PEREYRA - QUE DICE LA LEY SOBRE PRESERVAR LA FUENTE

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El fiscal Diego Pérez, quien investiga la amenaza a la fiscal Mónica Ferrero presuntamente realizada por un cartel de drogas, citó este mediodía al periodista Gabriel Pereyra para solicitarle información que dijo tener a través de su cuenta de Twitter. En la noche de este martes, Pereyra advirtió sobre un atentado contra un testigo.


Pérez indaga quién está detrás del mensaje que recibió Ferrero a mediados de mayo –cuyo contenido fue informado por el periodista en su cuenta de Twitter este sábado–, en el que le advierten a la fiscal: "Estamos un poquito enojados como ve con la parte de narcóticos! Ya les dimos un pequeño susto para que vean que no les tenemos miedo", decía el mensaje en referencia al atentado que recibió la sede de la Brigada Antidrogas el 9 de mayo con una granada militar que destruyó cuatro vehículos oficiales y otro particular. 


En entrevista con el programa Desayunos informales de canal 12, el fiscal dijo este miércoles que "el periodista anunció que contaba con más información, por lo que la Fiscalía entendió necesario citarlo... él habla de determinadas personas y que va a revelar fotos".

"Si la va a brindar públicamente entendemos que lo más adecuado es que la brinde antes a la Fiscalía. Si él la quiere brindar o no es una decisión de él", dijo y aclaró que no se refería a pedirle que revelara la fuente que le entregó el mensaje de la amenaza, aunque aclaró que si el periodista la quiere revelar la recibe "de brazos abiertos".

Sin embargo, hay normas internacionales y nacionales que amparan al periodista en su derecho de no revelar la fuente de la información. 

Por un lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala expresamente en su Declaración de Principios de Libertad de Expresión que “todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”.

El mismo texto subraya que todas las “presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión”.

A la vez, en Uruguay está vigente la Ley nº 16.099 que establece en el artículo 1 que “es enteramente libre en toda materia, la expresión y comunicación de pensamientos u opiniones y la difusión de informaciones mediante la palabra, el escrito o la imagen, por cualquier medio de comunicación”.

El artículo determina expresamente que “los periodistas tendrán el derecho a ampararse en el secreto profesional respecto a las fuentes de información de las noticias que difundan en los medios de comunicación”.

En 2014 luego de que un juez de Mercedes citara a los periodistas del portal Agesor luego de que informaran sobre una denuncia de abuso sexual en un campamento militar, el Consejo Directivo Central de la Asociación de la Prensa del Uruguay (APU) y el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo) manifestaron "su gran preocupación por estas decisiones de la Justicia" y recordaron que "el Poder Judicial debe garantizar el derecho de los periodistas a reservarse las fuentes de la información que ofrecen al público, en lugar de convocarlos para preguntarles y obligarlos a revelar sus fuentes, tal como lo señalan los estándares de derechos humanos, la Constitución y la Ley nº 16.099".

Fuente / El Observador

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