Luego de recibir la denuncia en el Servicio de Emergencia 9-1-1 se puso en conocimiento a la Dra. Lujan Gómez, Fiscal de Primer Turno de Rivera, y se inició una investigación. En el marco de ésta, el Centro de Comando Unificado Departamental (CCUD) aportó una filmación donde se registró que la víctima había sido agredida con un arma de fuego.
Tras realizar una serie de allanamientos en el barrio Lavalleja y Villa Sonia, de una de las viviendas se incautaron tres Handy, cuatro cargadores, una balanza de precisión, una picana eléctrica, un correaje con canana y porta municiones con el nombre del policía denunciante, una munición 357, un pendrive y una moto; mientras que de la otra se detuvo a un hombre y se incautaron prendas camufladas policiales y militares y una llave de encendido de moto. Testigos aportaron que el efectivo policial habría simulado la rapiña e intercambiado su equipamiento policial por droga.
Por otro lado, a través de una red social se llegó a la foto de un hombre posando con un chaleco antibalas y un revólver, por lo que se consultó a la presunta víctima por su chaleco y los cargadores restantes de la pistola de reglamento. La misma manifestó en una primera instancia haber dejado el chaleco olvidado en el ómnibus. Analizadas las cámaras del mismo se constató que el involucrado no llevaba el chaleco, por lo que volvió a ser indagado al respecto, manifestando que integrantes de una banda del barrio Lavalleja le habían robado el chaleco, un cargador con 17 cartuchos, esposas y un correaje con funda.
A raíz de esta investigación, el efectivo policial fue detenido y se le realizó un test por consumo de droga que dio positivo para cocaína.
Puesto a disposición de la Justicia, el Juzgado Letrado de 1ª instancia en lo penal de 7º turno de Rivera “dispuso la formalización de la investigación respecto” del implicado, “imponiéndole un delito de estafa especialmente agravado por efectuarse con daño al Estado, un delito de calumnia y simulación de delito, y reiterados delitos de peculado especialmente agravados, todos en régimen de reiteración real”. Disponiéndose “en carácter de medida cautelar el arresto domiciliario total (…) por el termino de 90 días”.
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