ARGENTINA - ROMPIERON LA CUARENTENA PARA TENER RELACIONES EN EL AUTO: ACABARON PRESOS

Publicar un comentario

Una pareja terminó detenida por efectivos policiales en la localidad rionegrina de San Carlos de Bariloche, tras ser sorprendida teniendo sexo en una zona llamada "Villa Cariño" y romper la cuarentena impuesta hace varios días.

Agentes de la Policía Federal recorrían la zona costera en busca de hacer cumplir el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto en todo el país por el Gobierno nacional, cuando encontraron a la pareja, cuyas identidades fueron preservadas.

Al acercarse, los uniformados sorprendieron a los amantes mientras mantenían relaciones sexuales a bordo del automóvil, a pesar de la prohibición de circular por la calle debido al aislamiento obligatorio. Según informó el medio local El Cordillerano, los jóvenes también tenían varias botellas de bebidas alcohólicas.


Luego de notificarlos de la prohibición de circular debido a la cuarentena, detuvieron a los amantes. La pareja se encontraba a bordo de un vehículo Volkswagen Gol. Estaban “escondidos” detrás del ex aserradero de Parques Nacionales, cerca de la denominada Playa Centenario.

Cococido popularmente como “Villa Cariño” o “El bosque del amor”, se trata de un sitio que en épocas normales frecuentan las parejas que buscan intimidad en la Patagonia argentina.

Posible pena para ambos

Los amantes fueron trasladados a la Delegación local de la Policía Federal y quedaron a disposición del Juzgado Federal de Bariloche. Los protagonistas del hecho deberán sortear una causa por violación a los artículos 205 y 239 del Código Penal.

Es decir, los podrían imputar por hasta 15 años de prisión. El artículo 205 del Código Penal reprime con “reclusión o prisión de tres a quince años” al que “propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. Además, podrían quedar sujetos a “medidas patrimoniales para garantizar bienes”.

Por su parte, la violación del artículo 239 del Código Penal reprime “con prisión de quince días a un año a quien resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.

Seguir Leyendo

Publicar un comentario