Las estafas eran cometidas mediante la falsificación de transferencias bancarias que finalmente no eran realizadas.
En julio, una persona realizó una compra telefónica a una fábrica de colchones por un valor de 2.500 dólares, realizando el pago mediante trasferencia bancaria y enviando el comprobante de pago por WhatsApp.
Posteriormente, al lugar concurrieron fleteros contratados por el cliente a retirar la mercadería.
Transcurridos los días, en la empresa se percataron que el dinero jamás fue acreditado, por lo que realizaron la denuncia. A raíz de esto se inició un trabajo por parte de personal del Departamento de Investigación de Delitos Financieros de la Dirección General de Lucha Contra el Crimen Organizado e INTERPOL (DGLCCO e INTERPOL).
La investigación llegó a la información de que estos fleteros también habían concurrido a nombre del implicado a una ferretería, entregando un cheque diferido de un banco privado (valor 2.000 dólares) como adelantado del pago de herramientas, el que se completaría mediante transferencias bancarias, las que nunca fueron realizadas.
Continuando con las actuaciones se logró identificarlo y, tras un allanamiento en la zona de Colinas de Carrasco, se lo detuvo y se incautaron colchones, celulares, monitores, chequeras y un documento de identidad de una persona fallecida que se utilizaba para efectuar la maniobra.
En el lugar también se encontró un auto de alta gama que, tras ser periciado por efectivos del Departamento de Investigaciones y Análisis de Tráfico Automotor, se pudo establecer estaba requerido por rapiña desde el año 2020 y era utilizado con una chapa matricula apócrifa con datos verdaderos de otro vehículo de similar marca y modelo.
Puesto ante la Justicia, se dispuso la formalización de la investigación contra J.L.G.S. de 39 años, poseedor de ocho antecedentes penales, por la presunta comisión de un delito continuado de estafa en régimen de reiteración real, con un delito de estafa, este último en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de receptación, disponiéndose como medida cautelar la prisión preventiva hasta el 1° de diciembre del corriente.
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