Detienen a autores de hurtos a comercios y entidades bancarias en Montevideo

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Tras robos ocurridos en agosto, cuatro personas fueron condenadas a prisión.


En horas de la madrugada del 26 de agosto, el CCU derivó móviles a Juan Benito Blanco y Francisco Solano Antuña por un hurto en proceso en un comercio.

Cuando los efectivos llegaron al lugar, donde había personal de una empresa de alarmas, encontraron el local con daños en la reja y puerta de vidrio, desde donde habían sido robados relojes, un dron, un posicionador satelital, un equipo para entrenamiento de perros, una video cámara, accesorios fotográficos, una caja registradora, un handy y teléfonos celulares, entre otros objetos, todo lo cual se avalúa alrededor de los 15.200 dólares.

Iniciada una investigación se estableció que los autores del hecho estarían relacionados a varios hurtos, uno perpetrado a una sucursal bancaria el 31 de agosto en horas de la mañana, donde tres hombres ingresaron, robaron una laptop, y fugaron en un vehículo marca BYD donde los esperaba una cuarta persona.

Continuando con las actuaciones, se logró interceptar al automóvil con cuatro ocupantes, tres de nacionalidad chilena y un uruguayo, incautándoles seis relojes de pulsera, un Handy y cuatro teléfonos celulares, por lo que fueron detenidos y puestos ante la Justicia.

Posteriormente se realizó un allanamiento desde donde se incautaron cuatro relojes relacionados con los hechos investigados, 200 dólares, 4.650 pesos, dos llaves de vehículos, documentos argentinos adulterados, pasaportes, trece manuales de relojes, herramientas y espadillas caseras utilizadas para cometer hechos ilícitos, varios comprobantes de giros de dinero al exterior y la ropa que vestían al momento de cometer los delitos.

Culminada la instancia judicial, el Juzgado penal de 37º turno dispuso: “condénase a G.P.M.G., F.J.V.M. y J.P.L.J. como autores penalmente responsables de un delito de asociación para delinquir en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito continuado de hurto especialmente agravado y un delito de receptación en reiteración real, a la pena de doce meses de prisión efectiva”.

Respecto a N.F.M.A. se lo condenó “como autor penalmente responsable de un delito de receptación a la pena de doce meses de prisión (…) que se sustituye en su totalidad por un régimen de libertad a prueba”. Cabe destacar que dentro de las obligaciones a cumplir, deberá realizar tareas comunitarias por un plazo de 120 días con una carga de 4 horas semanales.

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