En la tarde del día 24, el encausado se presentó en la Unidad actuante donde denunció haber sido víctima de una rapiña en la zona de Calles Roldán y Nro.34, en la ciudad de Paysandu, por dos desconocidos que solicitaron sus servicios como remise, quienes se apoderaron bajo amenazas de la recaudación de ese día $u 4000 y la del día anterior de la que desconocía su cifra.
Debido al el hecho se realizaron recorridas y averiguaciones por la policía a efectos de dar con el paradero de los involucrados, lo que posteriormente se constataron respuestas no concordantes con lo denunciado y otros elementos que hacían presumir que el hecho no se ajustaba a lo que había ocurrido en realidad, por lo cual fue indagado nuevamente en el local de la Unidad actuante donde culminó por manifestar que se había apoderado de la recaudación denunciada, no existiendo la rapiña que denunciada.
La Justicia Penal dispuso, la formalización de la investigación para un hombre de 25 años de edad, por la comisión de un delito de calumnia, en calidad de autor; y la suspensión condicional del proceso, bajo las condiciones de: a) la obligación de residir, por el termino de 60 días, en un domicilio especifico, debiendo informar cualquier cambio del mismo. b) la obligación de reparar materialmente a la victima en un plazo de 60 días, procediendo a la devolución de la suma de 7000 mediante deposito en la caja de ahorros en pesos uruguayos a nombre del titular de la empresa c). la obligación de presentarse ante la Seccional policial de su domicilio una vez por semana por el plazo de 60 días, en el marco de las actuaciones llevadas adelante por la Unidad de Investigaciones basados en una denuncia del pasado mes de febrero del corriente año.
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